Aprobada reforma a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para agilizar adopciones y prevenir abusos
La Comisión de la Familia y la Niñez ha aprobado una serie de reformas a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes con el objetivo de garantizar un plazo máximo de adopción de seis meses para los menores. Además, estas reformas buscan darle seguimiento a los casos para evitar que los infantes sean utilizados con fines ilícitos.
En una reunión realizada en el parlamento ubicado en el Centro Histórico de Puebla, se contó con la presencia de Gabriela Bonilla Parada, presidenta honoraria del Patronato del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF). La homologación fue avalada por Mónica Rodríguez Della Vecchia, presidenta del órgano legislativo, quien presentó el proyecto junto con Nora Merino Escamilla, diputada local del Partido del Trabajo (PT).
Según Rodríguez Della Vecchia, esta aprobación permitirá agilizar el procedimiento de adopción que actualmente puede llevar varios años. Esta situación dificulta enormemente la posibilidad de que un menor sea acogido por una familia. "Sí hay familias que quieren adoptar. Sin embargo, estos procesos se alargan y han hecho que muchos niños lleguen a los 18 años sin poder ser adoptados", expresó.
Las reformas estipulan que la persona titular del juzgado familiar tendrá noventa días hábiles improrrogables para emitir sentencia sobre resolución de patria potestad en casos relacionados con menores. En cuanto a las resoluciones de adopción, se establece un plazo máximo e improrrogable de quince días hábiles para la persona juzgadora, contados desde la entrega del expediente completo por parte de la autoridad administrativa.
Además, se prohíbe la promesa de adopción durante el proceso de gestación, así como pactar el procedimiento directamente con los niños sin intervención de las autoridades competentes. También queda prohibido solicitar patria potestad con fines de venta, trabajo infantil o cualquier otro ilícito.
En relación al seguimiento de los casos, se requiere que los trabajadores sociales realicen reportes sobre la convivencia familiar cada seis meses durante tres años a partir de que la sentencia judicial quede firme.
Este decreto será sometido al pleno y posteriormente deberá ser publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE) para entrar en vigor.